En correspondencia con la situación epidemiológica internacional y nacional de la COVID-19 y los niveles de inmunización alcanzados, se ha decidido realizar las siguientes modificaciones a los requisitos de entrada al país como parte del Control Sanitario Internacional.
Eliminar como requisito de entrada al país la presentación de una prueba para COVID-19 (Test de antígeno o PCR-RT) realizada en el país de origen, así como el certificado de vacunación anti-COVID-19.
Se mantendrá la toma de muestra para estudio de SARS CoV-2 (gratuito) de forma aleatoria a viajeros en los puntos de entrada al país, teniendo en cuenta la cantidad de vuelos, la entrada de embarcaciones y el riesgo epidemiológico que represente el país de origen.
De resultar positiva la muestra tomada en el punto de entrada se procederá según los protocolos aprobados en el país para el control clínico-epidemiológico de la COVID-19.
Se mantienen todos los flujos y medidas implementadas en todos los puntos de entrada al país que garantizan el distanciamiento social y la desinfección de las manos y superficies.
Se mantiene el uso obligatorio de la mascarilla en todos los puntos de entrada al país.
De acuerdo con Francisco Durán García, director nacional de Epidemiología del Minsap, las medidas de flexibilización entrarán en vigor el 6 de abril.
Fuente: Minsap